Ministerio de Trabajo de Buenos Aires: UPSRA es el representante de los vigiladores de seguridad privada y cuestiona la actuación de SUTCAPRA

La Dirección de Dictámenes del Ministerio de Trabajo bonaerense determinó que SUTCAPRA carece de representación suficiente sobre trabajadores vigiladores y que la actividad de seguridad privada está reservada a UPSRA. El pronunciamiento se produjo en el marco del traspaso de personal de seguridad en la planta de Mercedes-Benz en Virrey del Pino.

La Dirección Provincial de Dictámenes del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires emitió un dictamen en el que analiza la representación sindical de los trabajadores de seguridad privada en el caso del cambio de prestadora en la planta de Mercedes-Benz de Virrey del Pino.

El expediente se inició por la intervención del Sindicato Único de Trabajadores de Control de Admisión y Permanencia de la República Argentina (SUTCAPRA) ante el traspaso de servicios de Securion a Prosegur. El gremio, conducido por Leandro Nazarre, solicitó audiencias y presentó un acuerdo para siete trabajadores que contemplaba reconocimiento de antigüedad, conservación de categorías, un adicional mensual y una suma extraordinaria por única vez.

UPSRA impugnó la actuación de SUTCAPRA y sostuvo que este último no tiene representación de los trabajadores vigiladores de seguridad privada. El Ministerio respaldó esa posición.

Alcance de la representación sindical

Según el dictamen, aunque se admitiera la ampliación territorial de la inscripción gremial de SUTCAPRA, esta entidad “carece de ámbito de representación personal suficiente para ejercer representación individual o colectiva respecto de trabajadores vigiladores”.

El documento establece además que la actividad involucrada se encuentra “reservada a la UPSRA”, en referencia a los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 507/07. Diferencia claramente el ámbito de SUTCAPRA (control de admisión y permanencia) de las tareas de vigilancia privada.

Esta definición no se limita al caso puntual de Mercedes-Benz: el Ministerio fija una posición sobre la representación en la actividad de seguridad privada que puede servir de referencia en futuros conflictos administrativos o judiciales del sector.

Observaciones sobre el acuerdo con Prosegur

El dictamen también señala irregularidades formales en el acuerdo presentado por SUTCAPRA. Indica que los siete trabajadores no comparecieron personalmente ante la autoridad laboral para ratificar las condiciones pactadas.

En los procesos de cesión o novación subjetiva de contratos de trabajo, la conformidad expresa de los trabajadores es un requisito esencial. El Ministerio recomendó convocarlos de manera conjunta, con patrocinio letrado, para que manifiesten su voluntad de forma personal.

Argumentos presentados por SUTCAPRA

En el expediente, SUTCAPRA defendió su intervención argumentando que su inscripción gremial le otorgaba facultades para representar a sus afiliados y celebrar acuerdos pluriindividuales. También invocó jurisprudencia de la Corte Suprema, el Convenio 87 de la OIT y las modificaciones introducidas en el artículo 23 de la Ley de Asociaciones Sindicales (23.551).

El Ministerio consideró que no existe sustento normativo suficiente para que SUTCAPRA asuma la representación de vigiladores de seguridad privada. Además, mencionó que la constitucionalidad de las modificaciones al artículo 23 sigue siendo cuestionada en actuaciones promovidas por la CGT.

El expediente continuará su trámite administrativo. El dictamen no declara nulo el acuerdo, pero establece condiciones previas para su eventual validación y deja clara la posición del Ministerio respecto a la representación sindical en el sector de seguridad privada de la provincia de Buenos Aires.

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