El abogado laboralista Daniel Ghiraldo se refirió a la interpretación de la cláusula décima del Anexo X del acuerdo paritario homologado entre UPSRA y CAESI para el período julio-diciembre de 2026 y advirtió que algunos empleadores podrían estar aplicando descuentos indebidos sobre el viático previsto en la nueva escala salarial.
Según explicó, aunque el texto del convenio establece que el viático se abonará por los días efectivamente trabajados, el monto mensual fijado para cada mes constituye un piso mínimo acordado entre las partes. En julio, por ejemplo, ese valor asciende a $505.500, cifra que surge de multiplicar el viático diario por 25 jornadas.
Ese importe no puede reducirse cuando el trabajador haya cumplido con la jornada que le asignó su empleador, aun cuando por la modalidad del servicio haya trabajado menos de 25 días. En cambio, sostuvo que quienes superen esa cantidad de jornadas deberían percibir un viático mayor, calculado según el valor diario establecido en la escala.
La referencia a los «días efectivamente trabajados» solo podría dar lugar a descuentos ante ausencias injustificadas y, además, existe un debate jurídico respecto del carácter no remunerativo de los viáticos previstos en el CCT 507/07, una cuestión que, según indicó Ghiraldo, podría ser objeto de futuros reclamos judiciales.