Despido en seguridad privada por consumo de marihuana: Daniel Ghiraldo cuestionó la validez del cese de un vigilador

El abogado laboralista analizó el caso de un trabajador de seguridad privada despedido luego de un resultado positivo en un test toxicológico y sostuvo que la medida empresarial podría vulnerar derechos constitucionales al no haberse comprobado consumo durante la jornada laboral.

El abogado laboralista Daniel Ghiraldo analizó un caso de despido en la industria de la seguridad privada y cuestionó la decisión de una empresa que desvinculó a un trabajador luego de que un estudio psicofísico y toxicológico arrojara resultado positivo por consumo de narcóticos.

Según explicó Ghiraldo en el video que acompaña esta nota, la empresa justificó el despido argumentando que las tareas de vigilancia requieren “una conducta personal irreprochable, plena aptitud psicofísica, idoneidad técnica y confiabilidad absoluta”. Además, sostuvo que el resultado del examen afectaba la relación de confianza necesaria para la continuidad del vínculo laboral.

Sin embargo, el abogado planteó que la medida podría ser jurídicamente cuestionable. En ese sentido, señaló que el trabajador contaba con más de 15 años de antigüedad en la empresa, no registraba antecedentes disciplinarios y había desarrollado sus tareas de manera correcta durante toda la relación laboral.

Ghiraldo explicó que el trabajador reconoció consumir marihuana ocasionalmente en su domicilio, pero remarcó que no fue encontrado bajo los efectos de la sustancia durante su jornada laboral ni se comprobó que hubiera afectado la prestación del servicio de seguridad privada.

A partir de ese análisis, el especialista sostuvo que el despido podría vulnerar el artículo 19 de la Constitución Nacional, que establece que las acciones privadas de las personas que no afecten a terceros quedan fuera del alcance de la autoridad estatal. Además, consideró que podría tratarse de un despido discriminatorio.

Finalmente, Ghiraldo anticipó que avanzará con un reclamo judicial contra la empresa para solicitar las indemnizaciones correspondientes y los agravantes previstos por la legislación laboral, al considerar que la desvinculación no tendría sustento suficiente.

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